ÁMBITO LEGAL DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS – PROTECCIÓN AL CLIENTE

Listo

INTRODUCCIÓN

En esta entrada vamos a explorar el marco legal de las entidades financieras en España, que tiene como objetivo garantizar la estabilidad y transparencia del sistema financiero, así como proteger los derechos de los consumidores, con especial incidencia en la protección al cliente.

Si tenemos algún problema con nuestra entidad financiera, es recomendable leer detenidamente los contratos firmados y, en caso de discrepancia, presentar la correspondiente reclamación. Para ello, es fundamental tener conocimiento de las leyes aplicables en la materia. En una entrada anterior aborde los pasos a seguir para reclamar ante una entidad financiera, te aconsejo echarle un vistazo. accediendo aquí.

Es aconsejable que antes de firmar cualquier contrato lo leas minuciosamente con el fin de comprender completamente su contenido y detectar posibles cláusulas abusivas ocultas. De esta manera, podrás evitar problemas futuros. Conocer tus derechos te permitirá defenderlos de manera efectiva.

El sistema bancario y financiero español está controlado por tres organismos:

1.-Banco de España (BDE): Tiene la responsabilidad de supervisar y regular el sistema financiero

2.-Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): Encargado de supervisar e inspeccionar los mercados de valores y asegurar la transparencia y el correcto funcionamiento de los mercados financieros, así como proteger a los inversores y promover la confianza en los mismos.

3.-Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): Encargado de supervisar y regular el sector de seguros y fondos de pensiones, así como proteger los derechos de los asegurados y los beneficiarios de los fondos de pensiones

LEYES A TENER EN CUENTA

Dependiendo de la temática, existen numerosas leyes para defender y proteger al cliente, entre ellas vamos a citar algunas por considerarlas relevantes.

1.- Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, que aborda diversas cuestiones relacionadas con los servicios de pago e introduce medidas para fortalecer la protección de los consumidores y usuarios en el ámbito financiero.

Aspectos a destacar del RDL 19/2018:

1.- Servicios de pago: Se establecen disposiciones para regular los servicios de pago, incluyendo las transferencias electrónicas, los pagos con tarjetas y otros instrumentos de pago. Se promueve la competencia y la innovación en este sector, facilitando el acceso a los servicios de pago y fomentando la transparencia en las tarifas y condiciones

2.- Seguridad pagos electrónicos: Se promueven medidas de seguridad para los pagos electrónicos, como la autenticación reforzada del cliente (SCA, por sus siglas en inglés), con el objetivo de reducir el fraude y proteger la integridad de las transacciones. Articulo 3

3.- Derechos de los usuarios o clientes: Se refuerzan los derechos de los usuarios de servicios de pago, garantizando una mayor transparencia y protección. Se establecen obligaciones para las entidades financieras en términos de información clara y completa sobre las condiciones y costos de los servicios de pago.

4.- Reclamaciones de los usuarios o clientes: Reclamaciones de los usuarios de servicios de pago en relación con los derechos y obligaciones que se derivan de los Títulos II y III. Capitulo VI – Articulo 69.

4.- Protección contra cargos no autorizados: Proteger a los consumidores en casos de cargos no autorizados en sus cuentas. Se establecen plazos y procedimientos para la notificación de estos cargos y se definen las responsabilidades de las entidades financieras y los clientes en estos casos. Titulo III, Capitulo II, articulos 43 al 47.

2.- Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito: Establece el marco general para la supervisión y solvencia de las entidades de crédito. Regula los requisitos de capital, la gestión de riesgos, los procesos de supervisión y los procedimientos de resolución de entidades en situación de crisis.

3.- Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores: Establece el marco normativo para la actividad de los mercados de valores. Regula la emisión, oferta pública y negociación de valores, así como la actividad de las entidades que operan en estos mercados, como las sociedades de valores y las agencias de valores.

4.- Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva: Regula los fondos de inversión y las sociedades de inversión. Establece los requisitos para la constitución y funcionamiento de estos vehículos de inversión, así como los derechos y obligaciones de los participantes.

5.- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: Regula los derechos de los consumidores y usuarios en sus relaciones con las entidades financieras. Regula, entre otros aspectos, la transparencia en la comercialización de productos y servicios financieros, los contratos de adhesión y las reclamaciones de los clientes.

6.- Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo: Objetivo prevenir la utilización del sistema financiero para actividades ilícitas, como el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Establece las obligaciones de las entidades financieras en materia de identificación y diligencia debida de los clientes, así como los procedimientos de comunicación de operaciones sospechosas.

7.- Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario: Regula derechos y obligaciones de los clientes en los contratos de crédito para la adquisición de viviendas, asegurando la transparencia y la protección de los consumidores en este tipo de transacciones.

Más información sobre leyes a tener en cuenta según la temática. Accede aquí.

Descubre más desde INVERSOR07🕵️‍♀️

Suscríbete ahora para no perderte nada.

Mantenemos la privacidad de tus datos y solo los compartimos con terceros que hacen posible este servicio. Lee nuestra Política de privacidad

⚠️ADVERTENCIA
Toda la información de este blog refleja opiniones, experiencias y reflexiones personales como inversora, y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni contable. No soy asesora, por lo que cualquier decisión tomada a partir de esta información es bajo tu propia responsabilidad. En caso de duda, consulta con un profesional cualificado.

Me puedes seguir en Twitter, Instagram, Bluesky y Threads.
Actualmente estoy en Urbanitae, Wecity, Stockcrowd In, Brickstarter, Hausera, Civislend, Domoblock, BD Kapital, Tokenized Green, Equalice, y SodaCrowd.
Acceso a Promociones vigentes.
P.D. Recuerda que toda inversión conlleva riesgos, ganancias pasadas no garantizan ganancias futuras. Diversifica tu cartera.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *