INTRODUCCIÓN
En esta entrada, nos enfocaremos en la doble imposición internacional. Cuando invertimos en otros países, es importante recordar que podríamos tener que pagar impuestos tanto en el país donde invertimos como en nuestro país de origen, España. Así que, al invertir en el extranjero, es clave entender estas reglas para no pagar impuestos de más y planificar nuestras inversiones de manera inteligente.
Seguramente te estarás preguntando:
¿Qué es? ¿Cómo me afecta como inversor?.
Para responder a estas interrogantes, exploraremos el tema en los siguientes apartados.
IMPORTANTE: La información ofrecida en esta entrada se basa en datos proporcionados por la Agencia Tributaria y la DGT en sus respectivas páginas web. Es importante resaltar que se trata de una INTERPRETACIÓN PERSONAL. Mi consejo es que en caso de dudas acuda a un ASESOR FISCAL. Debes asumir la responsabilidad de verificar la precisión de la información proporcionada aquí, ya que eres el único y último responsable de tu declaración.
Nota: Esta entrada se ha elaborado utilizando información disponible hasta noviembre de 2025. Dado que las leyes pueden cambiar con el tiempo, se recomienda encarecidamente verificar minuciosamente la información actualizada. Cabe señalar que esta información está destinada a personas con residencia fiscal en España, y cada país posee sus propias normativas tributarias..
DOBLE IMPOSICIÓN
Ocurre cuando una misma persona se ve obligada a pagar impuestos sobre un mismo hecho imponible en dos países distintos durante el mismo período fiscal. En términos más sencillos, esto significa que una persona tiene que pagar impuestos por la misma cosa en dos países diferentes en el mismo año fiscal.
En España, la doble imposición internacional está regulada en el artículo 80 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Dicho artículo establece la posibilidad de deducir la menor de dos cantidades:
1.-El impuesto pagado en el extranjero, con la restricción del porcentaje que determine cada Convenio internacional.
2.-El resultado obtenido al aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la fracción de la base liquidable sujeta a tributación en el extranjero.
Nota: En varios países (aunque no de manera uniforme en todos los casos), se establece comúnmente un límite del 15 % en relación con la deducción por doble imposición. Por consiguiente, se suele afirmar que la Hacienda permite recuperar, en la declaración de la renta, los impuestos pagados en el extranjero, pero con un tope del 15 %. Esto implica que si en el país de origen nos han retenido un porcentaje superior al 15 %, será necesario gestionar la reclamación directamente ante la Hacienda específica de ese país para recuperar el excedente
CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN (CDI)
Los Convenios de Doble Imposición (CDI) representan tratados internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales, que se establecen entre dos o más países con el objetivo de definir las normativas que regirán la determinación de qué nación tiene la responsabilidad de llevar a cabo la imposición tributaria. Este acuerdo surge en situaciones en las que varios países podrían reclamar inicialmente el derecho de recaudación. En otras palabras, son acuerdos entre dos o más países que buscan establecer reglas claras sobre qué nación tiene la responsabilidad de cobrar impuestos cuando una persona o empresa opera en más de un país. Estos acuerdos evitan la doble carga tributaria, asegurando que no haya conflictos sobre quién tiene el derecho de recaudar impuestos en determinadas situaciones.
En España, actualmente hay 103 acuerdos para prevenir la doble imposición, de los cuales 99 están actualmente en vigor. En virtud de este acuerdo, se estipula que, en términos generales, la retención en origen debe sujetarse a una limitación del 15%. Asimismo, se establece en su normativa que todos los dividendos deben tributar de manera uniforme. Más información.
Listado de convenios de doble imposición firmados por España.
IMPORTANTE: Antes de realizar inversiones o emprender negocios fuera de España, es crucial informarse sobre cómo afectará la tributación a tus actividades y verificar la existencia de convenios de colaboración para evitar la doble imposición.
DECLARACIÓN DE LA RENTA (IRPF)
Casi todos estamos obligados a realizar la declaración de la renta
Hacienda divide tus ingresos entre rendimientos del trabajo y rentas del ahorro. Los primeros tributan según la escala general del IRPF y los segundos según la del ahorro. Para obtener más información visita mi entrada titulada «IRPF, CARACTERÍSTICAS Y QUÉ SE DECLARA»
MODELO 720.- DECLARACIÓN INFORMATIVA DE BIENES EN EL EXTRANJERO
En una entrada anterior, abordé el tema en una publicación titulada «MODELO 720: DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO». En ella, encontrarás información detallada sobre este impuesto, así como la obligación de informar en caso de superar los 50,000 euros en conjunto
BROKER ESPAÑOL Y EXTRANJERO
Es importante considerar el tipo de broker que utilizamos. En el caso de un broker español, se comparte información fiscal, lo que implica que todos los dividendos, tanto extranjeros como españoles, se reflejarán directamente en el borrador.
Por el contrario, si el broker es extranjero, no se comparte información automáticamente, siendo nuestra responsabilidad informar sobre los ingresos generados.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
¿Cuándo se aplica la doble imposición y por qué es relevante entenderla?
La doble imposición entra en juego cuando recibimos dividendos, no cuando vendemos acciones. En otras palabras, al vender acciones, recibimos el importe total, pero este capital debe ser declarado en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Cuando recibes dividendos en el país de origen, se aplica un impuesto mínimo del 15%. Posteriormente, al recibir esos mismos dividendos en España, se aplica el 19%. En consecuencia, terminamos pagando impuestos dos veces sobre los mismos ingresos. Para evitar esta carga fiscal duplicada, se utiliza el concepto de doble imposición.
Ejemplo sin aplicar la doble imposición
Obtenemos 100€ de dividendos, en pais Origen nos cobran 15% y en Destino (España), nos aplican el 19% cuando hagamos la renta. Partimos que es un Broker Español.
Cálculos:
Retención en Origen: 100€ * 15% = 15€
En España, se aplica una retención del 19 % sobre la cantidad neta después de la retención en el extranjero:
Cantidad neta después de la retención en el extranjero: 100 € – 15 € = 85 €.
Retención en España que realiza nuestro broker: 19% de 85 € = 16,15 €
Retención en España sobre los 15€ país origen; 15€ * 19% = 2.85% (al hacer la declaración de la renta)
Total retención en España: 16,15€ + 2.85€ = 19€
Total impuestos: 15€+19€ = 34€ que pagaríamos, que equivale a un 34%
Recibes en tu bolsillo: 100€ – 15€ – 16,15€ = 68,85€, en el momento que recibes los dividendos.
¿Cómo se recupera la retención en Origen?
La recuperación de la retención en origen se realiza a través de la declaración de la renta, específicamente en la casilla 0588.– Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero. Al completar esta casilla en la declaración de la renta, se permite compensar parte o la totalidad de los impuestos retenidos en el país de origen, contribuyendo así a evitar la doble imposición y asegurando un tratamiento fiscal más justo para los ingresos generados en el extranjero.
Ejemplo partiendo de los datos del ejemplo anterior:
En España debemos tributar al 19%. Si hemos ganado 100€, teóricamente deberíamos pagar 19€, pero hemos abonado 34€, lo que implica que hemos pagado de más y necesitamos recuperar ese excedente.
Total impuestos sin aplicar doble imposición: 34€, lo que equivale a una retención del 34%
Si aplicamos la doble imposición, es decir, aplicar la deducción del impuesto aplicado en el extranjero
Cálculos:
34€ (impuestos totales Origen y Destino) – 15€ (retención aplicada en el extranjero (Origen)) = 19€, lo que equivale que nos han aplicado o retenido el 19%. El 19% de 100€ = 19€
Los 15€ debemos meterlo en la casilla 0588.
Resumen: Al realizar la declaración de la renta, ya hemos pagado un 19% sobre el capital neto después de la retención en origen, es decir, sobre los 85€. Por lo tanto, solo estamos obligados a tributar por la diferencia, que asciende a 15€ (la retención en origen), la diferencia asciende a 2.85€ que es la cantidad que queda hasta los 19€ que debemos pagar por los dividendos.
¿Qué sucede si la retención practicada en origen supera el 15%?
Te devolverán la retención practicada siempre y cuando no supere el 15%. Sin embargo, el excedente por encima de este porcentaje no es recuperable mediante la declaración de la renta (IRPF); en su lugar, hay que gestionar la devolución del excedente directamente ante la Hacienda del país de origen. Por lo tanto, es importante ser cauteloso al elegir en qué países invertir, evaluar la retención aplicada y considerar la complejidad asociada con la solicitud de devolución, si llegara a ser necesaria.
¿Cómo afecta la doble imposición en Crowdfunding Inmobiliario?
Este aspecto ya ha sido analizado en detalle en una entrada específica del blog. Si quieres profundizar y entender cómo impacta realmente en tu rentabilidad, puedes consultar el contenido completo allí.
CONCLUSIÓN
Antes de adentrarnos en el mundo de la inversión, ya sea de cualquier tipo, es crucial conocer nuestras implicaciones fiscales. Esto nos permitirá tomar decisiones informadas y acertadas en nuestro enfoque financiero. Además, entender la doble imposición internacional es clave para evitar problemas tributarios al operar en distintos países.
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⚠️ AVISO LEGAL: No es ninguna recomendación.
Si inviertes, tienes varios pagadores, operas con distintos brokers o simplemente quieres presentar tu IRPF con tranquilidad, sabrás que la declaración puede volverse más compleja de lo que parece a primera vista.
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Toda la información de este blog refleja opiniones, experiencias y reflexiones personales como inversora, y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni contable. No soy asesora, por lo que cualquier decisión tomada a partir de esta información es bajo tu propia responsabilidad. En caso de duda, consulta con un profesional cualificado.
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