Doble imposición IRPF: Crowdfunding y Crowdlending Inmobiliario

Listo

📚INTRODUCCIÓN

En una publicación anterior, mencioné los cambios introducidos por el nuevo Reglamento UE 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, fechado el 7 de octubre de 2020, sobre las Plataformas de Financiación Participativa (PSFP). Uno de los aspectos destacados es la posibilidad para estas plataformas de operar a nivel europeo.

En el contexto específico de las plataformas españolas, es requisito que estén reguladas por la CNMV. Posteriormente, deben informar a la CNMV sobre su intención de proporcionar servicios a otros países de la Unión Europea. La CNMV, a su vez, establecerá contacto con el país al que la plataforma desea ofrecer sus servicios. Una vez obtenida la autorización del país receptor, la plataforma estará autorizada para prestar sus servicios a nivel internacional.

Las plataformas tenían como fecha límite el 10 de noviembre para adherirse al mencionado Reglamento. En consecuencia, aquellas interesadas en mantener la prestación de sus servicios han debido obtener la aprobación de la CNMV para poder continuar operando.

Todas las plataformas en las que invierto cumplen con el nuevo Reglamento europeo y cuentan con la correspondiente autorización de la CNMV.

No obstante, es importante hacer una matización: Hausera, Domoblock, Brickstarter, Equalice y Tokenized Green no disponen de dicha autorización, ya que no operan como plataformas de proveedores de servicios de financiación participativa (PSFP). Se trata de startups con enfoque proptech que ofrecen financiación colectiva bajo un modelo distinto al de las PSFP.

En esta entrada, nos centraremos en la doble imposición internacional en el crowdfunding y crowdlending inmobiliario. Probablemente te estés preguntando:

¿Qué es? ¿Cómo me afecta como inversor/a en crowdfunding y crowdlending inmobiliario?.

Para responder a estas preguntas, exploraremos el tema en los siguientes apartados.

‼️IMPORTANTE: La información presentada en esta entrada se deriva de datos proporcionados por la Agencia Tributaria y la DGT (Dirección General de Tributos). Esta interpretación se basa en la información encontrada en sus respectivas páginas web y en mi propia interpretación. Destacar que se trata de una INTERPRETACIÓN personal. Mi consejo es que en caso de dudas acuda a un ASESOR FISCAL. Debes asumir la responsabilidad de verificar la precisión de la información proporcionada aquí, ya que eres el único y último responsable de tu declaración.

📌Nota: Esta entrada se ha elaborado utilizando información disponible hasta noviembre de 2025. Dado que las leyes pueden cambiar con el tiempo, se recomienda encarecidamente verificar minuciosamente la información actualizada. Cabe señalar que esta información está destinada a personas con residencia fiscal en España, y cada país posee sus propias normativas tributarias. Actualizada en enero 2025.

🌍DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL

Implica que una persona debe pagar impuestos por la misma cosa en dos países diferentes durante el mismo año fiscal. Descubre más sobre este concepto en una entrada de mi blog titulada «DOBLE IMPOSICIÓN: NAVEGANDO ENTRE FRONTERAS FISCALES» Luego regresa a esta entrada para explorar sus implicaciones en las plataformas de financiación participativa.

CROWDFUNDING Y CROWDLENDING INMOBILIARIO – DOBLE IMPOSICIÓN

Como se mencionó en la introducción de esta entrada, las Plataformas de Proveedores de Financiación Participativa (PSFP) tienen la capacidad de operar más allá de las fronteras de España. Este alcance internacional les permite presentar proyectos fuera del territorio español, lo que plantea la consideración de la doble imposición.

En una entrada previa, examiné la fiscalidad de estas plataformas en un artículo titulado «FISCALIDAD CROWDLENDING, CROWDFUNDING, CROWDFACTORING Y STARTUP PARA LOS INVERSORES», centrándome particularmente en proyectos desarrollados en España.

Es importante señalar que los rendimientos generados por inversiones en el extranjero no experimentan cambios sustanciales; continúan siendo clasificados en la base del ahorro. Sin embargo, la peculiaridad radica en que el importe de la deducción se refleja en la casilla 0588 IRPF.- Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero.

Nota: La casilla puede variar de un año a otro, el número de la casilla corresponde a la renta del ejercicio 2024.

PLATAFORMAS QUE ESTÁN FINANCIANDO PROYECTOS FUERA DE ESPAÑA

En la actualidad, las primeras plataformas de Proveedores de Servicios de Financiación Participativa (PSFP) que están incursionando fuera de España son Wecity Civislend y Urbanitae. Wecity ha sido la pionera en esta expansión.

El enfoque que cada plataforma adopta es distinto con respecto a la tributación. En el caso de Wecity y Civislend, se enfrenta a la aplicación de la doble imposición.

Sin embargo, en Urbanitae no ocurre lo mismo debido a que los proyectos fuera de España se llevan a cabo mediante una SPV Española. Esta SPV Española, a su vez, adquiere una participación en el capital de la sociedad extranjera que supera el 10%. La responsabilidad del desarrollo del proyecto recae en la sociedad extranjera, la cual cumple con el pago del impuesto de sociedades de acuerdo con las regulaciones fiscales de su país. Posteriormente, la sociedad extranjera distribuye los beneficios a la SPV Española mediante dividendos. Finalmente, la SPV Española redistribuye los beneficios a los inversores españoles. Por lo tanto, la tributación sigue el mismo régimen que si el proyecto se hubiera llevado a cabo en España.

Te recomiendo leer la entrada Crowdfunding inmobiliario internacional: fiscalidad IRPF

En el ámbito de las plataformas proptech, como HauseraDomoblock, Brickstarter y Equalice, conviene señalar que HauseraDomoblock y Equalice son actualmente las únicas que están desarrollando proyectos fuera de España.

En concreto, Domoblock ha dado sus primeros pasos en México, Hausera ha iniciado su expansión en Italia y Equalice opera en la República Dominicana.

Desde el punto de vista del inversor, una ventaja relevante es que la doble imposición no les afecta, ya que estas plataformas mantienen su residencia fiscal en España.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

¿Cuáles son los procedimientos necesarios que debo seguir al invertir en un proyecto ubicado en el extranjero?

Al considerar la inversión en un proyecto en el extranjero, es esencial seguir una serie de pasos claves para asegurar el cumplimiento tributario adecuado:

1.- Solicitud del Certificado de Residencia Fiscal: El primer paso consiste en iniciar el proceso solicitando a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) un certificado de residencia fiscal. Este documento es de vital importancia, ya que garantiza que, al llegar el vencimiento del proyecto, se aplique la retención tributaria correcta. Lo puedes solicitar aquí.

2.- Envío del Certificado a la Plataforma Correspondiente: Una vez obtenido el certificado, hay que enviarlo a la plataforma correspondiente. Asegúrate de que la plataforma esté debidamente registrada y reconocida por las autoridades fiscales pertinentes.

3.-Renovación Anual del Certificado: Es importante tener en cuenta que el certificado de residencia fiscal tiene una validez anual. Por lo tanto, es necesario renovarlo periódicamente. Renovar el certificado de manera oportuna es fundamental para mantenerlo en vigencia y poder presentarlo ante la plataforma cuando se acerque el vencimiento de la operación. Esta renovación anual asegura que la información fiscal esté actualizada y sea válida para su aplicación en el momento adecuado.

‼️IMPORTANTE: Actualmente las plataformas que están financiando proyectos en el extranjero son Urbanitae, Wecity y Civislend, la forma de operar de ambas es diferente, mientras en Urbanitae se crea una SPV ESPAÑOLA y por tanto es la SPV la que reparte los rendimientos, no hay que hacer nada, sin embargo en Wecity y Civislend, si hay que solicitar el certificado de residencia fiscal y enviarlo a la plataforma.

¿Estoy obligado a presentar el modelo 720 y declarar activos en el extranjero?

La obligación de declarar el modelo 720 está sujeta a ciertos matices. En el caso de los beneficios generados fuera de España, es necesario declararlos en el impuesto sobre la renta del ejercicio correspondiente. Sin embargo, lo que no resulta obligatorio es informar a la Agencia Tributaria sobre los productos o activos que poseas en el extranjero si su valor no supera los 50.000 euros. Más información, visitar mis entradas tituladas «MODELO 720.- DECLARACIÓN INFORMATIVA. DECLARACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO» y «MODELO 720: CROWDLENDING Y CROWDFUNDING»

¿Cómo recupera María lo pagado de más?

Cuando llega el momento de presentar la declaración de la renta, María puede evitar pagar dos veces por el mismo ingreso gracias a la deducción por doble imposición internacional.

Caso Práctico:

✅María obtiene un dividendo bruto de 100€

✅En el extranjero le retienen un 15%, es decir, 15€

✅En España, ese mismo ingreso tributa al 19%

🧾 ¿Cómo tributa en España?

En España, María debe declarar el importe bruto (100€):

✅Impuesto español: 100€ × 19% = 19€

Total que pagaría María sino aplica bien la doble imposición:

15€ (Tributación en el extranjero) + 19€ (Tributación España) = 34€

Deducción por doble imposición

Como ya ha pagado 15€ en el extranjero, puede deducirlos en su declaración:

✅Impuesto en España: 19€

✅Deducción: 15€

📌Resultado final a pagar en España: 4€

💰 Resultado total real

✅Pagado en el extranjero: 15€

✅Pagado en España: 4€

👉 Total impuestos: 19€

⚠️ Muy importante

Para aplicar correctamente esta deducción, María debe rellenar la casilla 0588: “Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero”.

Si no introduce estos datos:

✅El programa no tendrá en cuenta los 15€ ya pagados

✅Y calculará el impuesto como si no hubiera habido retención previa, por tanto, María estaría pagando 34€ en lugar de 19€.

👉 Esto puede dar la sensación de estar pagando de más o incluso “dos veces”, cuando en realidad es un problema de no haber aplicado la deducción correctamente.

COMO SE DECLARA EN LA RENTA

Los intereses generados se consideran rendimientos del capital mobiliario (base del ahorro) y deben declararse en la casilla 027 de la RENTA. En esta casilla se consignará el importe bruto obtenido y la retención practicada en España si la hubiera. Por otro lado, en la casilla 588 se declararán los rendimientos brutos obtenidos junto con la retención aplicada en origen. El programa se encargará de realizar los cálculos de forma automática.

✍️CONCLUSIÓN

Al igual que ocurre con los dividendos generados por acciones en el extranjero, sucede lo mismo con los rendimientos obtenidos al invertir en proyectos de crowdfunding y crowdlending inmobiliario.

Debemos prestar atención a la doble imposición y rellenar manualmente la casilla de la renta de doble imposición 0588,– Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero.  La omisión de este paso podría resultar en que el programa aplique automáticamente una retención del 19%. Para evitar el riesgo de pagar impuestos en exceso, es fundamental proporcionar la información correcta y adecuada en dicha casilla.

AUTODECLARO

⚠️ AVISO LEGAL: No es ninguna recomendación.

Si inviertes, tienes varios pagadores, operas con distintos brokers o simplemente quieres presentar tu IRPF con tranquilidad, sabrás que la declaración puede volverse más compleja de lo que parece a primera vista.

Rentas del ahorro, dividendos, plusvalías, pérdidas, datos fiscales que no cuadran… el cóctel es conocido.

Hacerlo todo a mano, revisando informes y cruzando números, no solo lleva tiempo, también aumenta el riesgo de cometer errores.

Por suerte, existen herramientas que simplifican mucho el proceso.

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⚠️ADVERTENCIA
Toda la información de este blog refleja opiniones, experiencias y reflexiones personales como inversora, y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni contable. No soy asesora, por lo que cualquier decisión tomada a partir de esta información es bajo tu propia responsabilidad. En caso de duda, consulta con un profesional cualificado.

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Actualmente estoy en Urbanitae, Wecity, Stockcrowd In, Brickstarter, Hausera, Civislend, Domoblock, BD Kapital, Tokenized Green, Equalice, y SodaCrowd.
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