📚Introducción
Las plataformas de financiación participativa llevan más de una década operando en Europa, reguladas inicialmente por el Reglamento 2017/1129 y Directiva 2019/1937.
Sin embargo, el Reglamento (UE) 2020/1503 establece un marco único y armonizado para todas las plataformas de crowdfunding en la Unión Europea.
El crowdfunding surgió como una alternativa para facilitar la financiación a pequeñas y medianas empresas que tenían dificultades para acceder a la banca tradicional, ofreciendo a los inversores la posibilidad de obtener rentabilidades atractivas. Con su crecimiento también han aumentado las preocupaciones sobre seguridad, fraude y protección del inversor, lo que ha impulsado una regulación más estricta a nivel europeo.
La entrada en vigor del Reglamento se produjo el 10 de noviembre de 2021, con un periodo transitorio para que las plataformas se adaptaran, ampliado posteriormente hasta noviembre de 2023. Durante este proceso, las plataformas deben obtener autorización de las autoridades competentes, como la CNMV en España.
Este reglamento introduce cambios relevantes, como la sustitución de las categorías de inversor acreditado y no acreditado por inversor experimentado y no experimentado, entre otras novedades que afectan directamente a los inversores.
En este artículo analizamos los principales cambios y su impacto en el ecosistema del crowdfunding.
💡Novedades del Reglamento
Las plataformas de financiación participativa deben adaptarse a un marco normativo común en toda la Unión Europea. Estas son las principales novedades:
✅Unificación normativa en la UE
Se establece un marco único para todos los Estados miembros, eliminando las diferencias regulatorias nacionales.
🛡️Autorización y supervisión por la CNMV
Las plataformas que operen en España deberán estar autorizadas por la CNMV y notificar su actividad en otros países de la UE. La CNMV coordina la autorización con el resto de supervisores europeos antes de permitir la prestación de servicios.
🔎Límite máximo de financiación por proyecto
Los proyectos podrán captar hasta 5.000.000 € por proyecto.
💼Gestión individualizada de carteras
Se permite a las plataformas ofrecer servicios de gestión individualizada de préstamos, invirtiendo en nombre de los inversores.
🗂️Ficha de datos fundamentales del proyecto
Todos los proyectos deberán publicarse con una ficha de información clave, disponible al menos 7 días antes de la apertura de la inversión.
☑️Nueva clasificación de inversores
Se sustituyen los conceptos de inversor acreditado y no acreditado por:
- Inversor experimentado
- Inversor no experimentado
👤 Inversor no experimentado
Es el inversor minorista habitual. Puede invertir sin límites cuantitativos, pero con mayor protección.
Medidas principales:
- Test de conocimientos y simulación de pérdidas
- Periodo de reflexión de 4 días. Articulo 22.3 Reglamento
- Derecho de desistimiento tras invertir
- Información clara antes y después de invertir
📌 El periodo de reflexión empieza en el momento de la inversión, independientemente de si la campaña sigue abierta o no.
Si quieres profundizar más sobre el test de conocimiento, visita la entrada sobre: prueba inicial de conocimientos y la simulación de la capacidad de soportar pérdidas.
👤 Inversor experimentado
Requiere experiencia o capacidad financiera demostrable. Debe solicitar la clasificación dentro de la plataforma.
No hay grandes cambios respecto al régimen anterior.
✅ Requisitos de clasificación de inversores experimentados
El nuevo Reglamento se aplica a todas las plataformas de crowdlending (préstamo e inmobiliario) y crowdequity (inversión).
👤 Personas Físicas
Debe cumplir al menos dos de los siguientes requisitos:
🏢 Personas Jurídicas
Deben cumplir al menos dos de los siguientes requisitos:
🌍 Plataformas extranjeras
Las plataformas que quieran operar en la UE deberán establecer una entidad jurídica en el país correspondiente y obtener el “pasaporte europeo” para prestar servicios.
🆕 Cuadro resumen Novedades
Las plataformas de financiación participativa deben adaptarse a los siguientes cambios:
Toda la información de este blog refleja opiniones, experiencias y reflexiones personales como inversora, y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni contable. No soy asesora, por lo que cualquier decisión tomada a partir de esta información es bajo tu propia responsabilidad. En caso de duda, consulta con un profesional cualificado.
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